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Responsabilidades fiscales para empresas y autónomos

Club del Emprendimiento| 11 de marzo de 2025

En España, las responsabilidades fiscales de un negocio dependen de su forma jurídica (puede ser como autónomo o como sociedad) y del régimen fiscal aplicable. 


Responsabilidades fiscales

1. Alta en Hacienda y Seguridad Social

  • Autónomos. Deben darse de alta en el Censo de Empresarios y Profesionales mediante el modelo 036 o 037 y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.
  • Empresas. Deben inscribirse en la Agencia Tributaria (modelo 036), obtener un NIF y registrarse en la Seguridad Social para cotizar por sus empleados.

2. Impuestos a pagar

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Los autónomos tributan en la declaración de la renta según el régimen de estimación directa o módulos.
  • Impuesto sobre Sociedades (IS). Las empresas tributan el 25% sobre sus beneficios (salvo excepciones como las startups, que pueden tener un tipo reducido).
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
    • Se liquida trimestralmente con el modelo 303 y se presenta el resumen anual con el modelo 390.
    • Si se aplica retención en facturas (profesionales), se usa el modelo 130 o 131.

3. Obligaciones contables y de facturación

  • Autónomos. No están obligados a llevar contabilidad formal, pero sí deben registrar sus facturas emitidas y recibidas.
  • Sociedades. Deben llevar una contabilidad oficial y presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil.

4. Obligaciones laborales y de Seguridad Social

  • Si el negocio tiene empleados, se deben presentar modelos como el 111 (retenciones de IRPF) y el 190 (resumen anual).
  • También se deben abonar las cotizaciones a la Seguridad Social mediante el Sistema RED.

5. Otras obligaciones fiscales

  • Pagos fraccionados. Autónomos y empresas deben anticipar parte de sus impuestos trimestralmente.
  • Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Se paga si la facturación supera el millón de euros anuales.
  • Modelo 347. Declaración informativa de operaciones con terceros si superan los 3.005,06 €.
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