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WhatsApp en el punto de mira

Influencers| 3 de septiembre de 2019

El fenómeno de WhatsApp para empresas está a punto de estallar. 1.500 millones de personas en todo el mundo usan al mes esta red social, y más de mil millones lo usan mínimo una vez al día. El uso de esta aplicación ya no es solo para chatear, las empresas han visto la oportunidad y WhatsApp y Facebook les han escuchado.

WhatsApp se utiliza en 180 países de todo el mundo. Esta popular aplicación, propiedad de Facebook, es una herramienta de comunicación usada por la mayor parte de la población independiente de la edad. Es cómoda, personal, directa y rápida, y el medio preferido para recibir información por encima del email o una llamada telefónica. lo que la hace perfecta para llegar a todo tipo de clientes.

La implementación de la versión para negocios de WhatsApp (gratuita como la versión personal), ha sido escalonada pero actualmente ya está completada y puede usarse en todos los dispositivos (Android e IOs).

Ventajas para las empresas y miedo para los consumidores

“El miedo lógico del consumidor a la invasión de su espacio personal, WhatsApp lo paliará con publicidad no intrusiva y con la posibilidad de bloquear el número y por tanto evitar la comunicación de la empresa por ese medio. Las empresas pueden evitar este bloqueo utilizando un lenguaje sencillo, humano y profesional”, afirma Juan Merodio, conferenciante y consultor de Marketing y Transformación Digital.

WhatsApp para negocios ha supuesto un auténtico éxito en países latinoamericanos. “Las razones son la practicidad, ya que han visto que es una herramienta muy potente y la regulación es más flexible en la protección de datos de la que existe en países anglosajones o en Europa”, comenta Merodio que lleva varios años realizando campañas con WhatsApp Business con magníficos resultados.

La primera sanción en España

Una franquicia de la empresa inmobiliaria Century 21 ya cuenta con la primera sanción de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por incluir a un potencial cliente en un grupo de WhatsApp.

El cliente solicitó información a la inmobiliaria a finales del pasado año y la franquicia lo incluyó sin su consentimiento en un grupo de la aplicación donde su número era visible para el resto de las personas que lo integraban.

Tras las quejas del cliente, la empresa procedió a eliminarle del grupo pero ya era tarde. La AEPD no ha multado a la empresa pero sí la ha apercibido ya que ha infringido el reglamento europeo (art. 5.1.b y f), respecto a la protección de las personas físicas respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de los datos.

https://www.youtube.com/watch?v=X9EylLUwvNk&feature=youtu.be

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